DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuesto este Tribunal Único de Juicio con Competencia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD , DE CONFORMIDAD CON LOS ORDINALES 3 Y 4 DEL ARTÍCULO 256 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, en favor del ciudadano JULIO CESAR QUINTERO GARCÍA, de estado civil Soltero, de profesión y oficio: Electricista, fecha de nacimiento 13-08-78, de 31 años de edad, portador de la cédula No, .V.- 14.374.434, hijo de FRANCISCO QUINTERO y CARMEN DE QUINTERO, residenciado en el sector La Pastora, Calle Principal, diagonal a Bello Monte, casa S/N, Municipio Machiques de Périja del Estado Zulia, preponderando el principio de legalidad en nuestro sistema penal acusatorio, de conformidad con el articulo 1 del Código Penal Venez.....