IV
PARTE DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Vista la CONFESIÓN DE HECHOS realizada por el Acusado de autos, ciudadano DOUGLAS JOSE VILLASMIL VILLASMIL. SEGUNDO: Se CONDENA a DOUGLAS JOSE VILLASMIL VILLASMIL, de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 60 años de edad, de profesión u oficio Buzo, de estado civil casado y titular de la cédula de identidad No. 3.772.857, hijo de JOSE CHIQUINQUIRA VILLASMIL y MARIA LUISA VILLASMIL (DIF), residenciado en el Barrio el Perú, Calle 15, con Avenida 6, Casa No.14-150, frente a la fabrica de Cementos Vencemos Mara y diagonal a la Plaza, Municipio San Francisco, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍ.....