Por todos los razonamientos ante expuestos, este JUZGADO UNICO ESPECIALIZADO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DICTA LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOHAN MANUEL REYES SILVA, fecha de nacimiento20-09-84, de 27 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 17.806.147, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de ELIDA SILVA y NELSON REYES, residenciado en la Urbanización San Jacinto, Sector 7 Vereda 2, Casa No. 20, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 66 ordinales 2° y 3° de la ley Especial de Género en concordancia con el artículo 16 del Código Penal, (Pena que terminara de cumplir el día 21-08-2021, provisionalmente), por encontrarse.....