DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano NESTOR TARAZONA, Titular de la Cedula de Identidad N. V.-SE DESCONOCE, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en El Articulo 42 de la Ley Organica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia. (vigente para el momento de los hechos), en perjuicio de la ciudadana NEXY MENDOZA, Titular de la Cedula de Identidad N. V.-7.978.834, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 y 109 del Código Penal y por consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 del referido Código Adjetivo.