Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE COTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA LA APREHENSIÓN, en contra del ciudadano JUNIOR RAMON CHACIN GARCIA, portador de cédula de identidad Nº V-7.708.221, RESIDENCIADO EN EL BARRIO SAN JOSE CALLE SANTA MARTA CASA N° 95 B-44 ENTRANDO POR LA PARTE TRASERA DE LA IGLESIA DE LOURDES DEL MUNICIPIO MARACAIBO ESTADO ZULIA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres, en perjuicio de la ciudadana CECILIA DE LAS MERCEDES JIMENEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1° 2° y 3° , articulo 251 del Código Orgánico Proces.....