Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se acuerda ajustada a derecho la aprehensión, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ratifican las Medidas de Protección y Seguridad, prevista en el articulo 90 ordinales 3, 5, 6 y 13 de la Ley Especial que rige la materia, al termino de la audiencia de presentación de imputado en contra del ciudadano GABRIEL JOSE MORAN MORALES, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-24.509.455. TERCERO: Se ordena dejar sin efecto la orden de aprehensión de fecha 14-04-2016, según resolución Nº 1032-2016, dictada .....