DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesta por la Empresa demandada (PDVSA) relativa a la Prescripción de la Acción.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana EGILDE DEL CARMEN FRANCO OLIVARES, en contra de la demandada (PDVSA) por concepto de diferencia de prestaciones Sociales y demás conceptos provenientes de la relación de Trabajo.
TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de DOSCIENTOS CINCO MIL SIETE BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (BsF. 205.007,76) (expresados en el valor de la moneda actual). Discriminados en la forma como quedo detall.....