TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Maracaibo, actuando como Tribunal Constitucional de Primera Instancia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL seguida por el ciudadano ALFREDO JOSÉ RIVAS, en contra de la CERVECERÍA POLAR C.A., declara:
1. SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional, en razón de lo cual, se ordena:
2. Notificar a la CERVECERÍA POLAR C.A., en la persona del ciudadano LUIS ALEJANDRO PEREDA TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.173.713, en su carácter de Director Principal de la Querellada o de cualquier otra persona que ejerza representación de la Junta Directiva, y/o de cualquier otro representante del patrono de conformidad con l.....