PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos anteriormente este JUZGADO OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO:. SIN LUGAR la pretensión que por PRESTACIONES SOCIALES y demás conceptos que sigue el ciudadano HENRY PIEDRA, en contra de la Sociedad Mercantil MERCADO DE MAYORISTAS DE ALIMENTOS DE MARACAIBO, C.A (MERCAMARA), ambos plenamente identificados.
SEGUNDO: No procede la condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la República y al Síndico Procurador Municipal del Estado Zulia.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaria a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en .....