este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de Calificación de Despido incoada por la ciudadana CRUZ GARCÍA, en contra de la UNIVERSIDAD DEL ZULIA, por lo que se ordena EL REENGANCHE de la trabajadora a sus labores habituales de trabajo como MÉDICO DE FAMILIA y el PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS, a razón de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 884.896,73) mensuales, o que es lo mismo la cantidad de Bs.F 884,90 con los sucesivos aumentos que se hayan producido por decretos del ejecutivo nacional, por el tiempo y en la forma como se determinó en la parte motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena notificar mediante oficio a la Procuraduría General de la República de .....