Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA en razón del grado y del territorio para conocer del presente recurso de nulidad de acto administrativo propuesto por la empresa SECURE WRAP PROTECTION DE VENEZUELA C.A. en contra de la Providencia Administrativa No. 292 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Vargas, en ocasión de la solicitud de reenganche incoada por el ciudadano HEDENZON GUEVARA en contra de la referida empresa.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA para conocer del presente asunto, en favor de los Juzgados Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.
TERCERO: SE.....