PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano CARLOS ZAFRA CONTRA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL FABRICA DE PRODUCTOS LÁCTEOS, C.A.
SEGUNDO: SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional, por lo que se ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000.
TERCERO: SE ORDENA la notificación al FISCAL VIGÉSIMO SEGUNDO DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial de la apertura del procedimiento, con copia certificada fotostática de la solicitud de Amparo y de los recaudos acompañados de esta decisión.
CUARTO: SE ORDENA notificar a la SOCIEDAD MERCANTIL FABRICA DE PRODUCTOS LÁCTEOS, C.A., en la dirección indicada por el accionante, por lo que se ordena librar el correspondiente exhorto de notificación, para que concurra al Tribunal a conocer el día en que se cele.....