PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ACCIDENTE DE TRABAJO interpuso el ciudadano JESUS ANTONIO CABRERA SALAS, en contra de la Sociedad Mercantil D.A. INVERSIONES, C.A. (DAICA), ambas partes plenamente identificadas.
SEGUNDO: SE CONDENA a la sociedad mercantil D.A. INVERSIONES, C.A. (DAICA), a cancelar al ciudadano JESUS ANTONIO CABRERA SALAS, ambas partes suficientemente identificadas, la cantidad de CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (Bs. 107.697,60), tal como quedó discriminado en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza parcial del presente fallo, conforme lo establece el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.