Tomando como base lo ante expuesto este Tribunal pasa a realizar el cálculo de los salarios caídos en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia: Desde la fecha dos (02) de Julio de 2008 hasta el día doce (12) de Marzo de 2009, según los detalles que se describen a continuación:
DETERMINACIÓN DE SALARIOS CAÍDOS
DESDE EL 02 DE JULIO DE 2008 HASTA EL 12 DE MARZO DE 2009
(En Bolívares)
PERÍODOS TIEMPO MONTO MONTO TOTAL
DIÁS MENSUAL DIARIO
Desde el 02-07-2008 hasta el 31-12-2008 178 798,90 26,63 4.740,14
Desde el 01-01-2009 hasta el 12-03-2009 72 798,90 26,63 1.917,36
TOTALES 6.657,50
DETERMINACIÓN DE INACTIVIDAD JUDICIAL
DESDE EL 02 DE JULIO DE 2008 HASTA EL 12 DE MARZO DE 2009
PERÍODOS TIEMPO MONTO MONTO TOTAL
DIÁS MENSUAL DIARIO
Desde el 02-07-2008 hasta el 31-12-2008 39 798,90 26,63 1.038,57
Desde el 01-01-2009 hasta el 12-03-2009 8 798,90 26,63 213,04
TOTALES 1.251,61
TOTAL NETO SALARIOS CAÍDOS 5.405,8.....