EL DESISTIMIENTO de la ACCIÓN en la causa incoada por el ciudadano JHONATTAN MENDOZA, en contra de la sociedad mercantil en contra de MI TASQUITA, C.A. y solidariamente en contra de LUIS FELIPE RUBIO PÉREZ, todos plenamente identificados en las actas procesales.
Se condena en costas a la parte demandante ciudadano JHONATTAN MENDOZA, esto conforme a las previsiones del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo. Así se decide.-