LA HOMOLOGACIÓN del DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD realizado en este asunto VP01-N-2016-000067, con lo cual se pone fin al procedimiento de NULIDAD incoado por la sociedad mercantil CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., contra decisión administrativa, esto es, Providencia Administrativa número 00274-16 de fecha 19 de mayo de 2016, expediente Nro. 059-2016-01-00038, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, sede "General Rafael Urdaneta", suscrita por el Abogado LUIS EMIRO PEROZO, en su carácter de Inspector del Trabajo Jefe Sede General Rafael Urdaneta, (Maracaibo, San Francisco, La Cañada de Urdaneta, Jesús Enrique Losada, Rosario de Perijá y Machiques de Perijá del Estado Zulia), que declaró con lugar la pretensión incoada por el ciudadano ROBINSÓN JOSÉ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.801.565, en contra de la señalada sociedad mercantil, en procedimiento por desmejora.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza.....