LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado a favor de la parte accionante MARCOS JAVIER QUINTERO GOTERA, en la cantidad de cuatro millones de bolívares con cero céntimos (Bs.4.000.000,00), por concepto de cobro de prestación de antigüedad y otros conceptos laborales; se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordena cerrar y archivar el expediente.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.