LA HOMOLOGACIÓN de las transacciones y/o acuerdo de pago realizados en las cantidades pagadas a través de cheques de gerencia en el juicio incoado por los ciudadanos ELVIS ACURERO, ASTERIO ALAÑA, CARLOS MAVAREZ, EDUARDO AÑEZ, SAURÍN SÁNCHEZ, ANTONIO MORALES, JORGE GONZÁLEZ, PEDRO PUCHE, ASDRUBAL CHACÓN, ALEJANDRO MENDOZA, OMAIRA RODRÍGUEZ, HIRÁN PEÑA, MERVIN MAVÁREZ, EUDOMAR PERALTA, FREDDY LUZARDO, HEDDO HERRERA, TEOFILO GONZÁLES y ANTONIO RÍOS en contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.), cobro de indemnización por mora en el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, y se le da el carácter de cosa juzgada. No obstante, lo decidido, este Juzgado NO declara terminado el presente juicio, ni se ordena el archivo del expediente toda vez que la causa continua para con otros ciudadanos confortantes del litisconsorcio activo.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.