IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No 54 de fecha 25 de Febrero de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicitada por la Recurrente, vale decir, el INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA (IPOSTEL).
No se hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.