SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO la presente querella de amparo constitucional, en razón de lo cual, se ordena:
1.- Notificar por boleta a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA por órgano de la INTENDENCIA DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, en la persona del ciudadano ADRIAN ROMERO, en su condición de Intendente del Municipio Maracaibo, para que concurran al tribunal a conocer el día en que se celebrará la audiencia oral, la cual tendrá lugar, tanto en su fijación como para su práctica, dentro de las noventa y seis (96) horas a partir de la última notificación efectuada.
2.- Notificar por oficio de la apertura del procedimiento al Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, acompañando copia certificada de todo lo conducente.
3.- Notificar por oficio de la apertura del procedimiento a la Procuraduría del Estado Zulia, acompañando copia certificada de todo lo conducente.
4.- Una vez conste en las actas la notificación de todos lo.....