LA HOMOLOGACIÓN de la transacción y/o acuerdo de pago realizado en la cantidad de de SEIS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.F.6.000,00) para cada uno de los demandantes; en el juicio incoado por el ciudadano ÁLVARO AMBRANO y YENDRY ZAMBRANO PÉREZ en contra de la sociedad mercantil CORPORACIÓN S.R.V., COMPAÑÍA ANÓNIMA, por Cobro de de DIFERENCIA DE PRESTACION DE ANTIGUEDAD Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, y se le da el carácter de cosa juzgada, y se ordena archivar el expediente, toda vez que consta el pago total y definitivo de lo acordado.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.