LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago y/o Transacción por la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BS. F. 500,00), en la causa incoada por el ciudadano KEIVER JOSE VALENCIA NAVARRO, en contra de las sociedades mercantiles BROIDE D´EMPAIRE Y ASOCIADOS, C.A. (BRODAMCA) y CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., en el juicio por Cobro de Diferencia de Prestación de Antigüedad y Otros Conceptos Laborales, se le da el carácter de cosa juzgada; y como consecuencia de la aprobación dada, declara terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.