Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la profesional del derecho IBELISE HERNÁNDEZ ORTEGA, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil SMITH INTERNACIONAL DE VENEZUELA S.A. SEGUNDO: INADMISIBILIDAD el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la sociedad mercantil SMITH INTERNACIONAL DE VENEZUELA S.A., en contra de la Providencia Administrativa signada con el Nro. US-COL-013-2012, contenida en el Expediente Nro. US-Z-634-2011, emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, concretamente su DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE TRABAJADORES COSTA ORIENTAL DEL LAGO, mediante la.....