PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, actuando en SEDE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil PG CONSTRUCCIONES C.A, en contra de la Providencia Administrativa Nro. US-COL-072-2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Costa Oriental del Lago (DISERAT COL) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), en fecha 06/05/2013 bajo el Nro. PA-US-COL-006-2013 y notificada en fecha 04 de Julio de 2013.
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SEGUNDO: SE DECLARA la NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nro. US-COL-072-2012, dictada por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajador.....