Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte presuntamente agraviada ciudadano ALBERTO ALFONSO SALAZAR ALFONZO, contra la sentencia dictada en fecha 17 de julio de 2013 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano ALBERTO ALFONSO SALAZAR ALFONZO en contra de la sociedad mercantil PDVSA OPERACIONES ACUÁTICAS S.A., por la presunta violación de los derechos constitucionales previstos en los artículos 26, 27, 87, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; de confor.....