PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente sociedad mercantil AUTO SERVICIOS REYES Y PEREIRA C.A. (AUTOSERPECA), en contra de la decisión de fecha: 02 de agosto de 2010 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EDWIN ALBERTO VILLALOBOS SANDREA en contra de la sociedad mercantil AUTO SERVICIOS REYES Y PEREIRA C.A. (AUTOSERPECA), por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado.
CUARTO: NO SE CONDENA EN.....