DISPOSITIVO
Por los argumentos debidamente expuestos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE CABIMAS administrando justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO propuesto por la apoderada judicial de la parte demandada MI-DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, S.A., abogada en ejercicio CLAUDIA MONTERO, en contra del auto de fecha 07 de Noviembre de 2007 dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, a través del cual fue negada a oír la apelación ejercida por la sociedad mercantil MI-DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, S.A., en fecha 06 de Noviembre de 2007 en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en fecha 01 de Noviembre de 2007.
SEGUNDO: SE CONDENATORIA EN.....