Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el profesional del derecho CARLOS ALFONZO MALAVÉ GONZÁLEZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil QUÍMICA VENOCO C.A. SEGUNDO: INADMISIBILIDAD el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la sociedad mercantil QUÍMICA VENOCO C.A., en contra del Acto Administrativo de efectos particulares emanado de la ciudadana MARÍA ESTHER PÉREZ ALDANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.843.112, Médico adscrito a la DIRESAT COSTA ORIENTAL DEL LAGO, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), de fech.....