PARTE DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandante recurrente ciudadano JOSÉ RICARDO LIZARAZO DAZA contra la decisión de fecha 31 de Octubre de 2014, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ RICARDO LIZARAZO DAZA contra la sociedad mercantil SERVICIOS TÉCNICOS MECÁNICOS, C.A., por motivo de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado.
CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de la procedencia d.....