Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente ciudadanos MIGUEL MATHEUS, PEDRO ENRIQUE GARCÍA MONTIEL y LUÍS REINALDO PEREA LUZARDO, en contra de la decisión dictada en acta de fecha 29 de junio de 2011 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano PEDRO ENRIQUE GARCÍA MONTIEL en contra de la Empresa PETREX SUDAMÉRICA SUCURSAL DE VENEZUELA S.A., por motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos MIGUEL MATHEUS y LUÍS REIN.....