Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandante ciudadano FRANZ JOSÉ RINCÓN MAS Y RUBI, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de octubre de 2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano FRANZ JOSÉ RINCÓN MAS Y RUBI, en contra de la Empresa PDVSA PETRÓLEOS S.A., por motivo de cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, otros Conceptos Laborales y Daño Moral. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente de conformidad con el establecido por la Sala Constitucional del Tribunal S.....