Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente ciudadano LUÍS BELTRÁN CARVAJAL ZERPA en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de noviembre de 2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: IMPROCEDENTE la medida cautelar de Embargo solicitada por el ciudadano LUÍS BELTRÁN CARVAJAL ZERPA en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES BRUZUAL MENDOZA & ASOCIADOS C.A. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión apelada. CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS al ciudadano LUÍS BELTRÁN CARVAJAL ZERPA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Pr.....