PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: QUEDA REVISADO EL MÉRITO DE LA PRESENTE CAUSA POR CONSULTA LEGAL OBLIGATORIA, en consecuencia, PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano AXEL VILLAMIZAR, en contra de la empresa demandada SUMINISTROS DE INSTRUMENTACIÓN ELECTRICIDAD C.A. (SINELCA), y solidariamente con la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA. (PDVSA), por concepto de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: SE CONDENA a la empresa demandada sociedad mercantil SUMINISTROS DE INSTRUMENTACIÓN ELECTRICIDAD C.A. (SINELCA), C.A., y solidariamente a la empresa co-demandada PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) cancelar al ciudadano HENRY LUBO la cantidad de CINCO MILLONES CIENT.....