Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante ciudadano WILSON RAMÓN VALLEJO ABREU, en contra del fallo dictado en fecha 12 de noviembre de 2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada PROMOTORA COSTA ORIENTAL VILLAS C.A., en contra del fallo dictado en fecha 12 de noviembre de 2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. TERCERO: QUEDA FIRME el fallo apelado. CUARTO: SE EXONERA EN COSTAS a la parte demandante recurrente ciudadano WILSON RAMÓN V.....