DISPOSITIVO
Por los argumentos debidamente expuestos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS, administrando Justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1) EXTEMPORÁNEO el RECURSO DE HECHO propuesto por la Abogada RAISA FONSECA en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada FRIGORÍFICO INDUSTRIAL SANTA RITA C.A., (FISCA) contra la decisión de fecha 11 de julio y 19 de julio de 2007 dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
2) SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en Cabimas, a los catorce (14) días del mes de agosto de Dos Mil Siete (2007). Año.....