PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente ciudadano EMERY EVERS SERVILLANO, contra la decisión de fecha 20 de Noviembre de 2014 emanada del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesto por la sociedad mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., relativa a la Prescripción de la Acción incoada por el ciudadano EMERY EVERS SERVILLANO, por motivo de cobro de Indemnización por Enfermedad Ocupacional y Daño Moral.
TERCERO: SIN LUGAR la defensa de fondo opuesto por la sociedad mercantil SERVICIOS HALLIBURTON DE .....