PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA, el desistimiento del presente asunto realizado por la parte demandada Sociedad Mercantil EHCOPEK C.A., a través de su representante judicial abogado JOANDERS HERNÁNDEZ, y la co-demandada PDVSA PETRÓLEO S.A., a través de su representante judicial abogada JAZIR CAMINOS mediante diligencia de fecha: 12 de mayo de 2010, por lo cual atribuye el carácter de Cosa Juzgada a dicho DESISTIMIENTO, en el Juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales sigue el ciudadano JÓRGE DE JESÚS COLINA en contra de la Sociedad Mercantil EHCOPEK C.A., y solidariamente PDVSA PETRÓLEO S.A.
SEGUNDO: SE C.....