DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente sociedad mercantil TRANSPORTE SALAS MARITIMO, C.A. (TRANSALMAR, C.A.) en contra de la decisión de fecha: 23 de Noviembre de 2009 dictado por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano DANIEL SEGUNDO RANGEL, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE SALAS MARITIMO, C.A. (TRANSALMAR, C.A.) y solidariamente la empresa PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA), por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laboral.....