1. COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada YELITZA PARRA apoderada judicial de la empresa PDVSA PETRÓLEO S.A. contra el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por presunta violación de su derecho constitucional a la defensa, al debido proceso, a la presunción de inocencia y al ser Juzgado por los jueces naturales, garantizado por el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
2. ADMITE la presente acción de amparo constitucional y en consecuencia, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha.....