Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la sentencia de fecha: 23 de junio de 2011 emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: PERIMIDA la instancia en la presente causa, seguida por el ciudadano DIOMAR CARDOZO contra la sociedad mercantil OPERADORA DEL LAGO C.A., por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado. CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de la naturaleza del presente fallo.