PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente en contra de la decisión de fecha: 23 de mayo de 2008 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR MARIN ROJAS contra la empresa SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.R.L. por motivo de cobro de indemnizaciones de enfermedad profesional, lucro cesante y daño moral.
TERCERO: SE CONFIRMA el fallo apelado.
CUARTO: NO SE HACE CONDENATORIA EN COSTAS a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artíc.....