Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por el apoderado judicial de la JUNTA ADMINISTRADORA TEMPORAL de la sociedad mercantil AGRÍCOLA TORONDOY C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2011 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: QUEDA FIRME el fallo apelado. TERCERO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte recurrente JUNTA ADMINISTRADORA TEMPORAL de la sociedad mercantil AGRÍCOLA TORONDOY C.A., de conformidad con el criterio vinculante establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 14 de julio de 2009, con ponencia del Magi.....