Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA la Transacción celebrada entre el ciudadano REINALDO DE LOS REYES GUARICUCO ÁLVAREZ y la Empresa FLAMINGO HOTEL C.A., se le imparte el carácter de COSA JUZGADA, y se ABSTIENE de ordenar el archivo del presente asunto, hasta tanto se verifique en actas el cumplimiento total y efectivo del mencionado acuerdo celebrado.- SEGUNDO: SE DECLARA CONSUMADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadano REINALDO DE LOS REYES GUARICUCO ÁLVAREZ, y la parte demandada FLAMINGO HOTEL C.A., en contra de la sentencia dictada en fecha 17 de junio de 2013 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Cir.....