PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, actuando en Sede Contencioso Administrativo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente sociedad mercantil TRANSPORTE RODGHER, S.A., contra de la decisión dictada en fecha 31 de Enero de 2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas.
SEGUNDO: Se declara FIRME la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA signada con el Nro. SF 0044/2012, de fecha 14 de noviembre de 2012, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CIUDAD OJEDA CON SEDE LAGUNILLAS DEL ESTADO ZULIA, en el Expediente Administrativo Nro. 075-2012-01-0089, mediante la cual declaró CON LUGAR la solicitud de Reenga.....