Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la representación judicial de la sociedad mercantil TUBOS SERVICIOS S.A., en contra de la decisión dictada en fecha 04 de marzo de 2013 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano LUÍS EMIRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ en contra de la sociedad mercantil TUBOS SERVICIOS S.A., por la violación de los derechos constitucionales establecidos en los artículos 87, 89, 93 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: SE ORDENA a la sociedad mercanti.....