Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandante recurrente contra la decisión de fecha: 04 de Octubre de 2013 emanada del Juzgado Cuatro de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LERYS JOSEFINA PIRELA RINCÓN contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA MULTIMAX C.A., por motivo de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado.- CUARTO: NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente en virtud de la procedencia del recurso de apelación incoado.