PRIMERO: QUEDA REVISADO EL MÉRITO DE LA PRESENTE CAUSA POR CONSULTA LEGAL OBLIGATORIA, en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ SUÁREZ BARRETO en contra de la sociedad mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A. por motivo de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada PDVSA PETRÓLEO S.A., cancelar al ciudadano JOSÉ SUÁREZ BARRETO, la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 8.276,51) más la Corrección Monetaria e Intereses de Mora, por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. CUARTO: NO SE HACE CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión.- QUINTO: SE ORDENA la notificación del Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de dicha Ley, no obstante, los lapsos de los recursos a que hubiere lugar p.....