Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadana YANIRA JOSEFINA ARAPE FRANCO, en contra de la sentencia dictada en fecha 13 de junio de 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado que el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, fije por auto expreso la oportunidad para la celebración de la Apertura de la Audiencia Preliminar correspondiente, previa notificación de la Empresa demandada BÁR.....