Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
1.) COMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por el Abogado en ejercicio Carlos Malavé, inscrito por ante el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nro. 40.718, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Entidad de Trabajo CORPORACIÓN DROGUERIA LOS ANDES C.A (CORPORACIÓN DROLANCA) en donde interpone recurso de nulidad contra la certificación médica Nro. 0679-2011, de fecha 05 de Diciembre de 2011, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
2.) SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho el recurso interpuesto; y en consecuencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenc.....