Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDIACIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la petición Medida Cautelar de Suspensión de los efectos interpuso en contra el Acto Administrativo contenido en la certificación Nro. 0448-2011, dictada por el Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).-
No se hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.